Santiago, Chile 1 de julio de 2008
Hoy comienza a regir el cambio al sistema por el cual el Estado destinará más de $38.800 millones, con los que se incrementarán las pensiones.
Más de 621 mil chilenos se verán favorecidos con los beneficios establecidos en la nueva Reforma Previsional, que comienza a regir a partir de este martes 1 de julio en todo el territorio nacional.
Para ello, el Estado destinará a contar de hoy más de $38.800 millones, con los que se incrementará el actual sistema de pensiones, a través de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Voluntario (APS).
Según explicó la Subsecretaría de Previsión Social, se estima que de los más de 600 mil beneficiaros, 478 mil se integrarán automáticamente al nuevo sistema. En este caso, quines hasta ayer recibían pensiones asistenciales (PASIS), de vejez e invalidez, contarán con la PBS que les permitirá incrementar sus recursos unos $60 mil este año.
A ellos se suman unos 124 mil nuevos beneficiarios de vejez, de los cuales 100 mil recibirán Pensiones Básicas Solidarias y más de 24 mil obtendrán el Apoyo Previsional Voluntario. Además se incorporarán unos 19 mil beneficiarios de invalidez.
Al respecto la entidad a cargo de la Reforma comentó que en el caso de estos últimos, se deberá llenar una solicitud para acceder a los beneficios, con el fin de evitar que se produzcan malos entendidos en la entrega de estos recursos.
Para ello, quienes busquen acceder a la PBS, ya sea de invalidez o vejez, deberán acudir a partir de este martes a las oficinas del Instituto de Normalización Previsional (INP) a solicitar el beneficio.
Los requisitos para obtener la PBS consisten, en el caso de ambos grupos, en no tener derecho a pensión en ninguno de los sistemas provisionales, adicionalmente deben tener cumplidos los 65 años, en el caso de vejez, y entre 18 y 65 en el caso de invalidez. A lo anterior se suma el registro igual o inferior a los 11.734 puntos en la ficha de protección social y a reunir un periodo mínimo de residencia en el país.
Cabe mencionar que el 2009, el puntaje subirá a 12.185 puntos, con el fin de cubrir al 45% de la población con menores recursos del país.
En el caso de a quienes corresponda postular al APS, deben cumplir la mayoría de los requisitos antes mencionados, a excepción del derecho a pensión, puesto que con este beneficio las actuales pensiones se incrementan.
Por lo mismo quienes opten a un APS de vejez deben tener derecho a una pensión en los sistemas provisionales, la que debe ser inferior a los $255.000 mensuales, cuando la Reforma entre en régimen el 2012, este año el beneficio se entregará para quienes perciban una pensión de hasta $70 mil. En el caso de quienes soliciten el APS de invalidez, éstas se nivelan hasta los $75 mil.
La subsecretaría de Previsión Social recordó que también pueden acceder a los recursos adicionales aquellos pensionados por gracia, exonerados políticos, pensionados por Ley Rettig y Ley Valech, que sólo gocen de este beneficio en el caso de la PBS.
En el caso de la APS pueden postular los pensionados por gracia, exonerados políticos, pensionados por Ley Valech y Ley Rettig, que además de esa pensión perciban otra del decreto ley Nº3.500 o de uno de los regímenes administrados por el INP y que no superen los $255 mil en el caso de vejez.
Bono por hijo
Uno de los puntos más relevantes en la nueva Ley 20.255 es la entrega a todas las chilenas de un bono por hijo nacido o adoptado, el que se entregará a partir del 1 de julio del 2009.
Este aporte consiste en una bonificación monetaria para incrementar la pensión de las mujeres, el que tiene cargo fiscal y corresponde a 1.8 ingresos mínimos mensuales, vigentes al mes de nacimiento del hijo.
En el caso de las mujeres que tienen hijos nacidos a la fecha de entrada en vigencia de este artículo de la normativa, se les abonará a sus cuentas el valor del ingreso mínimo correspondiente al 1de julio del 2009.
Para hacer efectivo este aporte, las mujeres deben tener cumplidos 65 años, tener residencia en Chile, ser afiliadas pensionadas y beneficiarias de pensión de sobrevivencia del DL3.500 y beneficiarias de pensión de sobrevivencia del INP.
Autor: UPI
Hoy comienza a regir el cambio al sistema por el cual el Estado destinará más de $38.800 millones, con los que se incrementarán las pensiones.
Más de 621 mil chilenos se verán favorecidos con los beneficios establecidos en la nueva Reforma Previsional, que comienza a regir a partir de este martes 1 de julio en todo el territorio nacional.
Para ello, el Estado destinará a contar de hoy más de $38.800 millones, con los que se incrementará el actual sistema de pensiones, a través de la Pensión Básica Solidaria (PBS) y el Aporte Previsional Voluntario (APS).
Según explicó la Subsecretaría de Previsión Social, se estima que de los más de 600 mil beneficiaros, 478 mil se integrarán automáticamente al nuevo sistema. En este caso, quines hasta ayer recibían pensiones asistenciales (PASIS), de vejez e invalidez, contarán con la PBS que les permitirá incrementar sus recursos unos $60 mil este año.
A ellos se suman unos 124 mil nuevos beneficiarios de vejez, de los cuales 100 mil recibirán Pensiones Básicas Solidarias y más de 24 mil obtendrán el Apoyo Previsional Voluntario. Además se incorporarán unos 19 mil beneficiarios de invalidez.
Al respecto la entidad a cargo de la Reforma comentó que en el caso de estos últimos, se deberá llenar una solicitud para acceder a los beneficios, con el fin de evitar que se produzcan malos entendidos en la entrega de estos recursos.
Para ello, quienes busquen acceder a la PBS, ya sea de invalidez o vejez, deberán acudir a partir de este martes a las oficinas del Instituto de Normalización Previsional (INP) a solicitar el beneficio.
Los requisitos para obtener la PBS consisten, en el caso de ambos grupos, en no tener derecho a pensión en ninguno de los sistemas provisionales, adicionalmente deben tener cumplidos los 65 años, en el caso de vejez, y entre 18 y 65 en el caso de invalidez. A lo anterior se suma el registro igual o inferior a los 11.734 puntos en la ficha de protección social y a reunir un periodo mínimo de residencia en el país.
Cabe mencionar que el 2009, el puntaje subirá a 12.185 puntos, con el fin de cubrir al 45% de la población con menores recursos del país.
En el caso de a quienes corresponda postular al APS, deben cumplir la mayoría de los requisitos antes mencionados, a excepción del derecho a pensión, puesto que con este beneficio las actuales pensiones se incrementan.
Por lo mismo quienes opten a un APS de vejez deben tener derecho a una pensión en los sistemas provisionales, la que debe ser inferior a los $255.000 mensuales, cuando la Reforma entre en régimen el 2012, este año el beneficio se entregará para quienes perciban una pensión de hasta $70 mil. En el caso de quienes soliciten el APS de invalidez, éstas se nivelan hasta los $75 mil.
La subsecretaría de Previsión Social recordó que también pueden acceder a los recursos adicionales aquellos pensionados por gracia, exonerados políticos, pensionados por Ley Rettig y Ley Valech, que sólo gocen de este beneficio en el caso de la PBS.
En el caso de la APS pueden postular los pensionados por gracia, exonerados políticos, pensionados por Ley Valech y Ley Rettig, que además de esa pensión perciban otra del decreto ley Nº3.500 o de uno de los regímenes administrados por el INP y que no superen los $255 mil en el caso de vejez.
Bono por hijo
Uno de los puntos más relevantes en la nueva Ley 20.255 es la entrega a todas las chilenas de un bono por hijo nacido o adoptado, el que se entregará a partir del 1 de julio del 2009.
Este aporte consiste en una bonificación monetaria para incrementar la pensión de las mujeres, el que tiene cargo fiscal y corresponde a 1.8 ingresos mínimos mensuales, vigentes al mes de nacimiento del hijo.
En el caso de las mujeres que tienen hijos nacidos a la fecha de entrada en vigencia de este artículo de la normativa, se les abonará a sus cuentas el valor del ingreso mínimo correspondiente al 1de julio del 2009.
Para hacer efectivo este aporte, las mujeres deben tener cumplidos 65 años, tener residencia en Chile, ser afiliadas pensionadas y beneficiarias de pensión de sobrevivencia del DL3.500 y beneficiarias de pensión de sobrevivencia del INP.
Autor: UPI
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